Juzgado de Garantía no puede reanudar de oficio la prisión preventiva que había sido dejada sin efecto para que el imputado cumpliera penas efectivas en otras causas, resuelve Corte de Valparaíso.
La única forma de reanudar la medida cautelar, era solicitarla previo al cumplimiento efectivo de las penas que le fueron impuestas al amparado o, en su defecto, que se hubiese decretado nuevamente dicha medida, previo debate en audiencia y a petición de parte.