Imputado por cuasidelito de homicidio que actualmente reside en España puede ser formalizado de forma remota, resuelve Corte de Concepción.
El imputado se ha colocado a disposición del tribunal en los términos del artículo 126 del Código Procesal Penal, al solicitar se efectúe su audiencia modo semipresencial conforme lo autoriza el artículo 107 bis del Código Orgánico de Tribunales.