Si abogado recurrente expone los mismos antecedentes del recurso de reposición que fue desestimado para fundar la acción de amparo ésta no puede prosperar.
No es posible a través de la presente acción constitucional, lograr crear una nueva instancia de revisión de los antecedentes que rodearon la decisión de la jueza a quo, más aún cuando el actor ya ejerció los remedios procesales que la ley procesal penal entrega.