Mantener la prisión preventiva en contra de coimputados de nacionalidad extranjera no es ilegal, resuelve Corte de Chillán.
Pudiendo recurrir de apelación contra la resolución, la defensa no lo ha hecho, siendo aquel debate el ámbito procesal en que estos sentenciadores estarían facultados para realizar una ponderación de las particulares circunstancias personales de cada uno de los amparados, como pretende la recurrente.