Expulsión del territorio nacional de extranjero que cumplió su pena por el delito de abuso sexual en perjuicio de menores, no es ilegal.
No parece razonable exigirle al Estado que deje sin efecto el acto administrativo con ocasión de la protección a la familia, si fue el propio amparado el que la desatendió y no procuró resguardar.