Para otorgar la llamada pena mixta el tribunal debe contar con informe técnico favorable de Gendarmería que debe evacuarlo en breve plazo, resuelve la Corte de Valdivia.
Un plazo de 60 días tan extenso para realizar el informe a las personas privadas de libertad implica la extensión del tiempo de espera para discutir el otorgamiento de la pena mixta y, eventualmente, el consecuente alargamiento de su reclusión, y resulta una demora innecesaria, puesto que, como es obvio, se cuenta con su presencia para la entrega de antecedentes y la realización de las entrevistas necesarias.