Nulidad de Derecho Público

En fallo unánime.

Corte de Valdivia ratifica multa a empresa por incumplimiento de normas de seguridad que ocasionaron muerte de trabajador.

El Tribunal de alzada ratificó la sentencia que rechazó la demanda de reclamación administrativa que buscaba dejar sin efecto cuatro multas por el no pago de horas extraordinarias, no informar a los trabajadores los riesgos de sus labores y la forma correcta de su ejecución, no tomar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores y por no suprimir los factores de peligro de aplastamiento por desprendimiento de material en la faena que terminó con vida de un trabajador. Las multas impuestas por el ente fiscalizador ascienden a un total de 160 UTM.

21 de abril de 2023
Despido indirecto.

La corrección o no del proceso de valoración de la prueba se debe efectuar a través de la casual del articulo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por existir infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica.

El recurrente pretendió anular el fallo invocando la causal del artículo 478, letra e), del Código del Trabajo, referida a que “la sentencia definitiva deberá contener: 4.- El análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación.

13 de enero de 2023
Recurso de nulidad laboral rechazado.

La sola denominación de “operador de tienda”, no posee la especificidad necesaria para considerar cumplida la exigencia del artículo 10 N°3 del Código del Trabajo relativa a la descripción de las funciones.

El contrato de trabajo debe contener la determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse. El contrato podrá señalar dos o más funciones específicas, sean estas alternativas o complementarias, exigencia no cumplida, lo que motivó la sanción de multas.

8 de enero de 2023
En fallo dividido.

Corte Suprema acoge recurso de nulidad por falta de imparcialidad de uno de los jueces y ordena nuevo juicio oral contra Martín Pradenas.

La Segunda Sala del máximo tribunal no cuestiona el fondo de la resolución, como lo son las pruebas rendidas, la participación atribuida al acusado y la perspectiva de género plasmada en la resolución del caso, sino la vulneración a la garantía del “juez imparcial”, debido a que uno de los integrantes del TOP de Temuco realizó comentarios en sus redes sociales mientras se desarrollaba el juicio oral y que dan cuenta de que el magistrado redactor de la sentencia condenatoria enfrentó el proceso alejado de la objetividad a que está obligado por ley.

29 de diciembre de 2022
Páginade 25