Cabify, Easy Taxi y Uber no incurren en prácticas anticompetitivas en el rubro del transporte de pasajeros, confirma la Corte Suprema.
Los demandantes no pudieron acreditar ilícitos a la libre competencia. Además la tolerancia del fiscalizador administrativo sectorial y la pasividad legislativa son circunstancias que no pueden ser imputadas a los demandados.