CS confirma sentencia que rechazó reclamo de ilegalidad deducido por JC Decaux Comunicación en contra de la Municipalidad de Providencia por alza de derechos municipales.
El artículo 53 de la Ley 19.880 sólo otorga acción para impugnar el acto invalidatorio, pero el legislador no contempla una acción para el caso de que la autoridad decida no ejercitar la señalada atribución.