Reclamos de Ilegalidad

Reclamo de ilegalidad rechazado por la Corte de Santiago.

Rechazo de solicitud de modificación de concesión de radiodifusión se ajusta a la legalidad por las interferencias perjudiciales para otro servicio autorizado que podría generar.

Tuvo en consideración que, si bien las concesionarias tienen el derecho a modificar ciertos elementos de su concesión, este derecho no es absoluto y debe respetar las disposiciones legales y técnicas, además de proteger los derechos de otras concesionarias.

6 de enero de 2025
Reclamo de ilegalidad rechazado.

Órganos de la Administración carecen de legitimación activa para reclamar de la legalidad de la decisión de amparo si se denegó acceso a la información por la causal de reserva del artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia.

El artículo 28 de la Ley de Transparencia establece lo siguiente: “En contra de la resolución del Consejo que deniegue el acceso a la información, procederá el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante. Los órganos de la Administración del Estado no tendrán derecho a reclamar de la resolución del Consejo que otorgue el acceso a la información que hubieren denegado, cuando la denegación se hubiere fundado en la causal del número 1 del artículo 21”.

2 de enero de 2025
Decisión de Amparo dictada por el CPLT.

El órgano de la administración del Estado debe explicar de forma cierta y concreta cómo se configura la afectación a sus funciones para negarse a la entrega de la información.

Sostuvo que la causal invocada requiere que se explique, de forma concreta, cómo es que se configura la afectación de las funciones del órgano, porque sobre este recae la carga de explicar cómo es que el principio constitucional de transparencia debe ceder, por configurarse la causal de reserva y la afectación de los bienes jurídicos protegidos, esfuerzo que, en el caso concreto, el órgano público no realizó.

2 de enero de 2025
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Resolución de la SEC incumple deber de fundamentación de los actos administrativos al considerar que facturación de ENEL se ajusta a parámetros establecidos, sin detallar cálculos ni factores considerados.

Resolvió que la reclamante quedó en total indefensión por la falta de motivación fáctica de la resolución reclamada, lo que permite concluir que el acto es ilegal por infracción al artículo 41 de la ley N° 19.880.

29 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad rechazado por la Corte de Santiago.

Multa impuesta a Codelco por exceder caudal autorizado de captación de aguas superficiales en el en el Río Loa, se ajusta a derecho.

La Corte resolvió que, al no centrarse el reclamo de ilegalidad en la infracción de una norma jurídica específica, sino que más bien persigue revisar los hechos y la ponderación de los mismos, unido a que la infracción de los artículos 5, 6, 20, 130, 131, 140 y 147 del Código de Aguas -consistente en extraer aguas superficiales en mayor extensión que el caudal autorizado por la autoridad- ha sido debidamente comprobada, el presente reclamo debe ser rechazado.

24 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Decreto alcaldicio que denegó renovación de patente de alcoholes prescindiendo de la consulta obligatoria a la junta de vecinos, es ilegal al infringir Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Consideró que el acto administrativo es ilegal al no haberse consultado a la junta de vecinos, como lo exige la ley para la caducidad o renovación de patentes de alcoholes, además de no haberse acreditado infracciones por ruidos molestos ni infracciones a la Ley 19.925.

24 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad acogido por la Corte Suprema.

Orden de expulsión de ciudadano dominicano condenado por tráfico de estupefacientes debe ser reevaluada al no haberse ponderado adecuadamente el arraigo familiar.

Tuvo en consideración que el acto administrativo impugnado no analizó adecuadamente el arraigo familiar del reclamante, especialmente en relación con su hijo menor de edad, lo que afectó la proporcionalidad y motivación de la decisión. Ordenó que se emita un nuevo pronunciamiento que pondere los antecedentes aportados en relación a su arraigo familiar.

20 de diciembre de 2024
Páginade 34