CS acogió recurso de casación en el fondo contra sentencia que hizo lugar a demanda de indemnización de perjuicios contra el Ministerio de Salud.
“que por consiguiente, los jueces del fondo incurren en error de derecho al confirmar el fallo de primera instancia, puesto que no hay normativa que consagre la pretendida obligación indemnizatoria por infracción a los artículos 19 N° 20 y N° 24 de la Constitución Política y por tal razón la mención de los preceptos constitucionales en la decisión que acoge la demanda es injustificada».