Recursos especiales

Incorrecto desempeño de la administración de bienes constituye falta de servicio.

CS rechaza recurso de casación en el fondo contra sentencia de Corte de Concepción que acogió demanda de indemnización de perjuicios en contra de la Municipalidad de Concepción.

“las Municipalidades tienen la obligación de advertir acerca de cualquier desperfecto que sus inspectores detectaren en las calzadas y aceras y comunicarlo a la repartición o empresa encargada de repararlas”.

29 de agosto de 2012
Patentes municipales a sociedades de inversión.

CS rechazó recurso de casación en el fondo respecto de sentencia que rechazó reclamo de ilegalidad en contra de Municipalidad de Macul.

“tal modificación sólo adquiere sentido en cuanto las sociedades de inversión y las sociedades de profesionales se encuentran gravadas con el impuesto establecido en el artículo 23 del D.L. N° 3.063, circunstancia cierta que llevó al legislador a precisar cuál era el domicilio a considerar cuando éstas desarrollaran sus actividades sin registrar un domicilio comercial”.

29 de agosto de 2012
No se cumplen los supuestos legales.

CS rechaza solicitud de extradición por imputación de lavado de dinero.

la legislación que penaliza el lavado de activos, originalmente solo se aplicaba a hechos o conductas acaecidas en el territorio Peruano, situación que solo se modificó a partir de la ley N° 27.765, publicada el 22 de Julio de 2007. en cuanto a la doble incriminación, señaló que abrir cuentas corrientes y depositar dineros en ellas aun con la finalidad de ocultar esas operaciones, no eran constitutivas de delito en Chile en el año 1999, época en que la requerida efectuaba en Panamá las conductas que se le reprochan.

21 de agosto de 2012
Dictámenes de CGR no vinculan a Tribunales de Justicia.

CS rechaza recurso de casación en el fondo contra sentencia de Corte de Santiago que rechazó reclamo de ilegalidad municipal.

“el criterio sostenido por la Contraloría General de la República invocado por la recurrente ha de ceder frente al de esta Corte Suprema, que no se encuentra vinculada por los dictámenes del órgano contralor de la Administración del Estado y que es la llamada a resolver el presente caso”.

20 de agosto de 2012
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