Recursos especiales

Tercera sala.

CS condenó a Servicio de Salud a pagar indemnización a pareja que se le diagnosticó erróneamente VIH.

“al aumentar el monto de la indemnización, fijándola en diez millones de pesos para cada uno de los dos actores”, no otorgó “más de lo pedido, puesto que de la lectura del recurso de apelación que ellos han interpuesto aparece que solicitaron al tribunal de alzada el aumento de la cantidad fijada por el de primer grado, teniendo como límite la suma de cien millones de pesos respecto de uno de ellos y de cincuenta millones de pesos respecto del otro”.

18 de agosto de 2011
Tercera sala.

CS acogió recurso de casación en el fondo por estimar que Corte de Apelaciones no hizo correcta aplicación del artículo 82 del Código Sanitario. El principio de tipicidad “admite ciertos grados de atenuación”.

«La Corte Suprema acogió el arbitrio procesal, luego de concluir que, dado que el ius puniendi del Estado se encuentra en el origen de la potestad sancionatoria de la administración, corresponde que ésta se sujete al principio de legalidad, concretado en el mandato de tipicidad de las infracciones y las sanciones que se impongan…»

29 de julio de 2011
Páginade 64