CS determinó que sociedades de ahorro se encuentran afectas al pago de patente municipal.
como lo ha resuelto el Tribunal Constitucional en el Rol Nº 370, oportunidad en que esa Magistratura señaló que esta forma de regulación es plenamente constitucional, en la medida que exista “una apropiada adecuación entre los fines postulados por la ley y los medios que planifica el reglamento para lograrlos”, pues existe “una correspondencia entre las obligaciones que la norma impone y los propósitos que la ley quiere alcanzar”.