CS rechazó recurso de casación en el fondo en contra de sentencia de la Corte de La Serena que condenó a Municipalidad de Ovalle a pagar indemnización de perjuicios por falta de servicio.
“Comprendido en el mandato impuesto a las Municipalidades por el artículo 1° de la Ley N° 18.695, en cuanto deben satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas».