Responsabilidad Extracontractual

Falta de servicio.

Corte de Rancagua condenó a municipalidad al pago de una indemnización de perjuicios por muerte de una mujer en la vía pública.

(…)la ley hace responsable “a los Municipios, o al Fisco en su caso”, por los daños “que se causen por el mal estado de las vías o por la falta de señalización” y la referencia “a uno u otro organismo tiene que ver con quién sea el obligado” y, en el caso de la señalización, que incluye la de bloqueo de paso, es de “responsabilidad del Municipio, porque se trataba de una calle de la comuna, que no estaba entregada, en cuanto tal vía, al Ministerio de Obras Públicas”.

12 de mayo de 2011
Hay voto en contra.

CS acoge demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio del Registro Civil.

La sentencia observa que el perjuicio lo ocasionó el tercero que solicitó para sí la posesión efectiva, pero connota que “no se habría materializado si el Servicio hubiese cumplido cabalmente su misión”, quedando de manifiesto la “relación de causalidad” entre la conducta que le es reprochada y el daño ocasionado.

22 de marzo de 2011
Tercera sala.

CS desestimó recurso de casación interpuesto en contra de sentencia que rechazó demanda de perjuicios por responsabilidad extracontractual de un Servicio de Salud. No basta acreditar la falta de servicio sino también el nexo causal.

Se dedujo recurso de casación en el fondo respecto de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que confirmó el rechazó de la demanda deducida contra el Servicio de Salud de Magallanes por falta de servicio. La situación se origina en la muerte de una paciente, la que se habría producido porque […]

17 de enero de 2011
Páginade 23