Tutela de derechos

Servicio de Salud de Concepción es legitimado pasivo para ser demandado por las consecuencias de los actos del Hospital de Lota, ya que ostenta la representación de todos los establecimientos que integran su red de salud.

Tuvo en consideración que la desconcentración administrativa no desvincula totalmente al establecimiento auto gestionado de su ente superior, y que el director del Servicio de Salud tiene facultades de dirección, organización y administración, lo que lo faculta para comparecer en juicio en representación de los hospitales auto gestionados.

6 de enero de 2025

No procede valorar nuevamente la prueba rendida en sede de un recurso de nulidad laboral, salvo que se acredite infracción a las reglas de la lógica, máximas de la experiencia o a los conocimientos científicos o técnicos.

8 de septiembre de 2024
En procedimiento de tutela de derechos fundamentales, con ocasión del término de la contrata de la actora, la Corte rechazó el arbitrio de nulidad al estimar que no procede calificar nuevamente el mérito de los medios probatorios, ya que a través de esta impugnación no procede una nueva o diversa evaluación de los elementos de acreditación, conforme con la naturaleza de derecho estricto del recurso, desde que no se observan infracciones a la lógica, máximas de la experiencia, ni a los conocimientos científicos o técnicos.
Legitimación activa de organizaciones sindicales.

Corte de Apelaciones de Santiago acoge recurso de nulidad interpuesto por sindicatos de multitienda y declara que incurrió en prácticas que atentan contra el Principio de No Discriminación.

La denunciada incurrió en actos que lesionan el Principio de No Discriminación al establecer distinciones entre los trabajadores de la empresa que adscribieron un pacto de suspensión de relación laboral en virtud de la Ley de Protección al Empleo, además de ejercer presión para su firma.

11 de enero de 2023
Recurso de nulidad rechazado.

Retiro temporal de funcionario de la PDI mientras se tramita sumario no constituye sanción disciplinaria, y al no acreditarse vulneración a los derechos fundamentales que invoca en la tutela laboral esta debe ser rechazada.

El tribunal de primera instancia descartó la vulneración de derechos fundamentales en la decisión de separar de funciones al ex policía, al considerar que tal medida se tomó en base a antecedentes objetivos y verificables que daban cuenta de faltas a la ética y probidad del funcionario.

30 de julio de 2022
Páginade 58