Corte de Santiago rechazó recurso de nulidad contra sentencia que rechazó acción de tutela por firma de finiquito entre las partes.
La Corte de Santiago estimó que, no estamos en presencia de renuncias genéricas, sino que de declaraciones expresas y especificas respecto a los derechos fundamentales que sin lugar a duda están comprendidas en los términos de la convención firmada.