Juzgado del Trabajo de Copiapó acogió demanda de despido injustificado y nulidad del despido deducida por un abogado contra Municipalidad de Tierra Amarilla.
Se condenó a la demandada al pago de las prestaciones correspondientes.
Se condenó a la demandada al pago de las prestaciones correspondientes.
Las acciones se encontraban caducas a la fecha de su interposición.
Se ordenó a la Municipalidad de Constitución restituir al docente denunciante las 14 horas de extensión horaria semanales.
Se declaró que la demandada ha vulnerado el derecho a la integridad síquica de la actora, por acoso laboral.
El Tribunal declaró que ha existido vulneración de derechos fundamentales en contra de la demandante por parte del empleador demandado.
Se condenó a la empleadora pagar las indemnizaciones correspondientes, rechazándose la nulidad del despido y el cobro de prestaciones.
Por actos que afectaron su integridad, psíquica y represalias ejercidas por el Gerente de Operaciones y por tanto representante de la empresa empleadora.
El Tribunal indicó que la garantía de indemnidad, como todo derecho fundamental, constituye un límite a los poderes empresariales.
La demandada adujo que la resolución impugnada incurrió en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo.
Se dan todos los elementos constitutivos del acoso laboral por lo que procede acoger la acción de tutela interpuesta por un funcionario de Carabineros.