CS rechazó un recurso de casación en el fondo interpuesto por un extranjero al que se le revocó su permanencia definitiva en Chile por encontrarse procesado por diversos delitos.
“la revocación de los permisos de permanencia definitiva procede también respecto de los procesados, de modo que decretar tal medida, concurriendo los motivos de hecho que el legislador ha supuesto para el caso, es una facultad discrecional de la autoridad administrativa”.