Demanda de rebaja de alimentos se confirma por la Corte de Santiago luego de que el alimentante acreditara una merma de sus ingresos.
No obstante, la Corte concluye que el ingreso del actor no es su única renta, siendo su obligación justificar la variación de sus circunstancias, por lo que aumentó el monto de la pensión fijado en primera instancia.