Aun cuando se lo condenó por tres delitos de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, no procede cancelar definitivamente su licencia si el imputado gozaba de irreprochable conducta anterior.
No tiene condenas previas y el acusado ha sido requerido por la existencia de tres ilícitos por los cuales fue condenado en un mismo fallo.