Grabación de conversación telefónica que permitió acreditar la participación del acusado en delito de cohecho no es ilegal, desde que la llamada se efectuó en calidad de funcionario público.
Los sentenciadores para establecer la participación del imputado han analizado la totalidad de la prueba, entregaron los motivos del por qué y cómo le otorgaron valor probatorio, cumpliendo con el estándar exigido, decisión que se encuentra debidamente fundada, sin que exista duda razonable al respecto.