Proyectos de Reforma Constitucional

Moción.

Proyecto de reforma constitucional modifica la Carta Fundamental para permitir a los hijos de chilenos nacidos en territorio extranjero ejercer su derecho a sufragio sin exigirles el requisito de avecindamiento en Chile por más de un año.

La iniciativa permite a los hijos de padre o madre chilenos nacidos en territorio extranjero y a los chilenos que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley, ejercer su derecho a sufragio sin tener que acreditar el avecindamiento en Chile por más de un año.

15 de abril de 2024
Moción.

Proyecto de reforma constitucional eleva la edad mínima para ser elegido Presidente de la República a 40 años.

Busca que el cargo más elevado en la política nacional sea ocupado por personas con mayor experiencia, ya que la calidad de vida de millones de chilenos depende en gran medida de la gestión del Presidente de la República. A nivel comparado 40 años no es una exigencia arbitraria y se encuentra en línea con las prácticas de países diversos como Alemania, Albania, Turquía, República Checa y Corea del Sur, e incluso algunos países exigen 50 años, como Italia.

7 de abril de 2024
Moción.

Proyecto de reforma constitucional modifica la Carta Fundamental en materia de prerrogativas a que tienen derecho las personas que han desempeñado el cargo de Presidente de la República.

La iniciativa reemplaza dignidad oficial que se reconoce a los Ex presidentes, por “la calidad de Ex Presidente de la República”, elimina el fuero de gozan y la dieta que actualmente perciben equivalente a la de un Ministro de Estado, reconociéndoles solo, en el caso que haya desempeñado el cargo por el período completo y cuando pueda demostrar una enfermedad grave, incapacidad, invalidez total o parcial y no se encuentre desempeñando una función remunerada, la facultad para solicitar de forma excepcional una renta mensual, equivalente al veinticinco por ciento de la remuneración mensual de un Ministro de Estado.

5 de abril de 2024
Inclusión.

Proyecto de ley promueve la inclusión de personas con discapacidad en las artes, la cultura y el patrimonio.

En especial las que se desarrollen en museos, bibliotecas, centros culturales, y en general, en los espectáculos o exposiciones acogidas a la ley de donaciones culturales o que reciban algún tipo de financiamiento público, mediante la adopción de medidas activas de inclusión en materia de accesibilidad física, laboral y de disfrute de las diversas expresiones, entre otras.

12 de enero de 2023
Páginade 66