Tribunales del país

Invalidación de oficio.

Reclamo de ilegalidad interpuesto contra la Municipalidad de Concón por otorgar permiso de edificación para el Proyecto Costa de Montemar, se rechaza por la Corte Suprema.

Tras invalidar de oficio el fallo impugnado, en sentencia de reemplazo, rechazó el reclamo de ilegalidad contra resoluciones que aplicaron la figura del silencio negativo para desestimar la solicitud de invalidación del permiso de edificación, considerando que dicha solicitud no se resolvió dentro del plazo legal. Concluyó que el reclamo de ilegalidad no abordó adecuadamente los fundamentos de las resoluciones cuestionadas y presentó errores de interpretación.

17 de enero de 2025
Unificación de jurisprudencia acogida, con voto en contra.

Aunque contratos sean formalmente a honorarios si se evidencia subordinación y dependencia la relación se rige por el Código del Trabajo y no por el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.

Dado que el demandante, contratado a honorarios por la Municipalidad de San Bernardo desde 2010 hasta 2022, desarrolló funciones constantes y prolongadas que se convirtieron en un servicio habitual, su vínculo se configuró como una relación laboral en los términos del Código del Trabajo, excediendo los márgenes del artículo 4 de la Ley N°18.883.

17 de enero de 2025
Recurso de nulidad laboral rechazado por Corte de Santiago.

Se configura una cláusula tácita en virtud de la aceptación y pago continuo de bonos de cumplimiento y movilización, pese a que anexo de contrato de trabajo excluya tales ítems.

Aun cuando efectivamente el juez omitió, al momento de resolver, ponderar el anexo de contrato, lo cierto es que el fundamento de la decisión de acoger la demanda de cobro de prestaciones está dado por la configuración de una cláusula tácita, cuya naturaleza implica que no ha sido contemplada en las estipulaciones escritas del contrato de trabajo o sus anexos, pero que ha sido constantemente aplicada por las partes durante un lapso prolongado, con la aceptación periódica de la misma, configurando así un consentimiento tácito entre ellas, que modifica o complementa los términos contractuales.

17 de enero de 2025
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Orden de expulsión de ciudadana colombiana por carecer la resolución de motivación suficiente, al basarse en una condena penal prescrita y en una investigación penal en la cual no ha sido formalizada, se deja sin efecto.

La orden de expulsión se basó en una condena penal prescrita por el delito de infracción a la salud pública durante el período de Covid-19, y por estar vinculada a una investigación por el delito de usurpación no violenta, proceso en el cual no ha sido formalizada. Se tuvo en consideración que la reclamante no fue adecuadamente notificada de la orden previa de abandonó, lo que vulneró su derecho al debido proceso.

17 de enero de 2025
Recurso de casación en el fondo acogido.

Facultad para autorizar la firma del suscriptor de un pagaré ante notario es un acto ordinario de administración, respecto del cual el mandatario no requiere poder especial.

El mandato confiere naturalmente al mandatario el poder de efectuar los actos de administración que se encuentren dentro del giro administrativo ordinario de la gestión encomendada, siendo la opción de la firma autorizada ante notario un típico acto de administración para el cual no se requiere poder especial.

17 de enero de 2025
Ley de Protección al Consumidor.

Empresa incumplió contrato de curso de aviación al no informar correctamente sobre condiciones a la consumidora.

Es condenada por infracción a los artículos 3 y 12 de la Ley 19.496 por falta de información clara y suficiente proporcionada a la consumidora respecto a la cláusula penal y la política de devolución del dinero. No detalló adecuadamente las condiciones de desistimiento, ni explicó las restricciones que afectaban la devolución de los montos pagados. Tal omisión impidió a la consumidora tomar decisiones informadas sobre sus derechos, vulnerando las disposiciones legales que protegen la transparencia y equidad en las relaciones de consumo.

17 de enero de 2025
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Dilación de 8 años en la tramitación de un recurso ante la DGA es excesiva y justifica la declaración de decaimiento del acto administrativo.

Cuando un procedimiento administrativo excede los plazos razonables sin justificación, los actos dictados pierden su eficacia. En este sentido, el decaimiento del acto administrativo es una consecuencia directa de la dilación indebida, que no solo afecta la legalidad del acto, sino también su aplicabilidad y validez.

17 de enero de 2025
Recurso de protección acogido por Corte Suprema.

Medida de suspensión y condicionalidad de matrícula de menor con trastorno del espectro autista, es discriminatoria, al sancionarlo en razón de su condición de salud.

La recurrida actuó en contra de la normativa, al sancionar al alumno por su condición de salud, y optar por aplicar medidas disciplinarias que derivan en su desvinculación del Colegio, tras quedar demostrado que las medidas preventivas y formativas que el mismo establecimiento ha adoptado han resultado del todo insuficientes frente a las situaciones de crisis emocionales y desregulaciones del menor.

16 de enero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Impedir el acceso a los estacionamientos de un departamento declarado como bien familiar es un acto ilegal y arbitrario.

No corresponde a la administración recurrida determinar el sentido y alcance de la declaración de bien familiar y si fue o no intención del cónyuge de la recurrente incluir en el acuerdo todos los inmuebles que amparan la inscripción sino solamente la dependencia correspondiente al departamento en sí. Ello es una cuestión que debe ser aclarada ante el Juzgado respectivo, pues el hecho es que en el Conservador la declaración de bien familiar aparece amparando también la bodega y los estacionamientos.

16 de enero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

SEREMI de Vivienda de Valparaíso incurrió en omisión ilegal al no notificar ni ejecutar resolución de junio de 2021 que ordenó paralizar y demoler construcciones ilegales ubicadas en zona de riesgo de incendios y humedales.

Durante tres años la recurrida no ha notificado dicho acto, lo que no puede estimarse permitido por ninguna facultad discrecional, y tal omisión ha significado una afectación a la recurrente en su garantía constitucional de igualdad ante la ley, ya que la negativa de la recurrida a ejecutar su resolución y a restablecer la legalidad urbanística ha supuesto un infundado trato discriminatorio frente a otros administrados que, ante una situación similar, han recibido una respuesta diferente y acorde al ordenamiento en materia de urbanismo y construcciones.

16 de enero de 2025
Páginade 31