Tribunales del país

Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Tribunal de Honor del Colegio de Kinesiólogos de Chile actúo como comisión especial al aplicar sanción sin que exista un reglamento que regule el procedimiento sancionatorio.

La organización recurrida no tiene establecido un procedimiento para los efectos de conocer, juzgar y sancionar faltas éticas y disciplinarias en las que incurran sus asociados, situación de especial gravedad si se considera que el objetivo es evitar la arbitrariedad en la imposición de sanciones por el órgano competente. El procedimiento usado por la recurrida para sancionar al actor es uno creado especialmente por el Tribunal de Honor para cada caso en particular, ya que no existe evidencia de que se trate de uno que se emplee siempre.

7 de febrero de 2025
Acción de protección rechazada por la Corte de Santiago.

Principio de confianza legítima no se aplica al recurrente por no contar ni con más de dos años o más de cinco en calidad de contrata, según sea el criterio que se aplique.

No procede computar el tiempo anterior en que el recurrente estuvo ligado a la Municipalidad de Maipú mediante un contrato de prestación de servicios remunerado a través de honorarios, pues los criterios de la Contraloría y de la Corte Suprema, en su caso, se refieren al tiempo que ha estado el trabajador ligado a una institución pública bajo la modalidad de contrata, y no por una prestación de servicios a honorarios.

7 de febrero de 2025
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que establece que la excepción de caducidad deberá resolverse de inmediato si decisión puede fundarse en antecedentes que consten en el proceso laboral o sean de pública notoriedad, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La requirente sostiene que la expresión «de caducidad», contenida en el precepto impugnado, es crucial para la resolución del asunto, ya que, en relación con la gestión pendiente, el recurso de queja ante la Corte Suprema, aún por resolver, determinará si se acoge o rechaza, dependiendo de la aplicación o no de dicha disposición legal.

6 de febrero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Recurso de protección no es la vía idónea para impugnar resoluciones sancionatorias adoptadas en un sumario administrativo instruido por el Consejo para la Transparencia.

Atendido que la finalidad perseguida es impugnar la medida disciplinaria adoptada en la investigación sumaria instruida, la acción de autos no es idónea para ello, por cuanto esta no ha sido creada para solucionar conflictos que se encuentren sometidos a normas y procesos previamente establecidos, sin perjuicio que del examen de los hechos expuestos y de las resoluciones sumariales, se advierte que durante la tramitación del proceso los recurrentes tuvieron las instancias para efectuar sus alegaciones y presentar su prueba, las que en ningún caso pueden renovarse por la vía de la acción constitucional de protección.

6 de febrero de 2025
Ley N° 20.009.

Usuaria que ingresó sus datos bancarios y claves a través de un link proporcionado por mensaje de texto fraudulento, debe restituir abono de 35 UF a entidad bancaria, al acreditarse que actuó con culpa grave.

La demandada recibió un mensaje de texto de terceros desconocidos, en el cual se incluía un link, al que accedió, dirigiéndola a otra página, que simulaba ser la plataforma del banco, oportunidad en la que ingresó las claves secretas para realizar operaciones electrónicas, con las cuales, dichos desconocidos realizaron la transacción.

6 de febrero de 2025
Reclamo de ilegalidad rechazado.

Multa impuesta a establecimiento educacional que incumplió normativa educacional por falta de idoneidad de personal docente y pérdida de clases, se ajusta a derecho.

La multa impuesta se encuentra dentro del rango mínimo establecido por la ley, de acuerdo con la gravedad de los hechos sancionados y su proporcionalidad a los bienes jurídicos afectados, esto es, la continuidad de la prestación del servicio educativo y la calidad del aprendizaje, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20.529.

6 de febrero de 2025
Recurso de nulidad laboral rechazado.

Responsabilidad solidaria de empresa mandante solo se extiende al periodo en que existió un vínculo vigente entre esta y el contratista, y no más allá del término de la relación laboral del trabajador con su empleador directo.

La finalidad perseguida por el legislador al regular la subcontratación dice relación con impedir que el dueño de la empresa, obra o faena rehúya el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales respecto de trabajadores con los cuales, si bien no celebró un contrato de trabajo, en los hechos se encuentran vinculados a él a través de un vínculo de subordinación y dependencia por medio de la interposición de un tercero —el contratista— que para todos los efectos es su verdadero empleador. La justificación de tal exigibilidad desaparece cuando el trabajador deja de prestar sus servicios personales para el dueño de la obra y su vínculo, por tanto, vuelve a ser exclusivo para con su empleador.

6 de febrero de 2025
Acción de protección rechazada por la Corte de Santiago.

Exclusión de postulante que presentó información fuera de plazo en proceso de asignación de becas para especialidad médica, se ajusta a derecho.

En la eventualidad de que la recurrida hubiera accedido a calificar la documentación nueva como aclaratoria, habría generado una vulneración a la garantía constitucional de igualdad ante la ley de todos aquellos postulantes que por razones similares a la de la recurrente, no resultaron beneficiados con la beca de especialidad, y habría sido dicha calificación y no la efectuada, la que habría transformado en arbitraria la decisión.

6 de febrero de 2025
Páginade 33