Garantía de Seriedad de la Oferta es un requisito de admisibilidad que debe presentarse conjuntamente con la oferta, y cuya falta no puede ser subsanada con posterioridad.
Resolvió que el municipio licitante, al haber constatado que la oferente no presentó oportunamente el documento de Garantía de Seriedad de la Oferta, y al haberle permitido adjuntar uno con posterioridad, que ni siquiera era anterior a la fecha de presentación de propuestas, y adjudicarle, en definitiva, la licitación; contravino el principio de estricta sujeción a las bases, puesto que ellas erigen la presentación del documento junto con la oferta como un requisito necesario para que ésta sea admisible, como así también el principio de igualdad de los oferentes, puesto que situó a la adjudicataria en una situación de privilegio en relación con la demandante.