Tribunales del país

Reclamo de ilegalidad rechazado por la Corte de Santiago.

Garantía de Seriedad de la Oferta es un requisito de admisibilidad que debe presentarse conjuntamente con la oferta, y cuya falta no puede ser subsanada con posterioridad.

Resolvió que el municipio licitante, al haber constatado que la oferente no presentó oportunamente el documento de Garantía de Seriedad de la Oferta, y al haberle permitido adjuntar uno con posterioridad, que ni siquiera era anterior a la fecha de presentación de propuestas, y adjudicarle, en definitiva, la licitación; contravino el principio de estricta sujeción a las bases, puesto que ellas erigen la presentación del documento junto con la oferta como un requisito necesario para que ésta sea admisible, como así también el principio de igualdad de los oferentes, puesto que situó a la adjudicataria en una situación de privilegio en relación con la demandante.

16 de diciembre de 2024
Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

Baja inmediata de carabinero que dio positivo a test de drogas es arbitraria e ilegal, al no haberse evaluado si efectivamente existe dependencia de sustancias situación en la que corresponde aplicar proceso de rehabilitación en lugar de la sanción.

Resolvió que no obsta esta conclusión el hecho que las normas aludidas se encuentren bajo un título correspondiente a los funcionarios de mayor rango, puesto que si éstas aplican a aquellos también deben serlo respecto de los demás funcionarios de menor rango, y concluir lo contrario es arbitrario, puesto que sin razón alguna se realizaría una distinción que atenta contra el principio de igualdad en la aplicación de la ley.

15 de diciembre de 2024
Ley N°19.496.

Agencia de viajes no tiene responsabilidad en cancelación de vuelo por restricciones COVID-19, al haber cumplido con sus obligaciones de información y auxilio a sus clientes.

La Corte concluyó que la agencia de viajes cumplió con sus obligaciones al informar a los pasajeros con más de diez días de anticipación sobre la necesidad de contactar al consulado para recibir ayuda en su regreso, lo cual los actores no hicieron hasta el día anterior al vuelo cancelado. Además, se les ofreció la opción de adelantar el retorno bajo el pago de penalidades, opción que fue rechazada. La Corte también tuvo en cuenta que la agencia realizó gestiones con la aerolínea para obtener el reembolso, lo cual no prosperó.

15 de diciembre de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que impide solicitar devolución de la patente municipal pagada por sociedades de inversión pasiva en períodos anteriores a la vigencia de la modificación de la Ley N° 21.210, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La requirente alega que la aplicación del artículo cuadragésimo séptimo transitorio de la Ley N° 21.210 ha sido decisiva en las sentencias de instancia para rechazar su demanda, basándose incorrectamente en que la obligación tributaria se funda en el cambio normativo, cuando el argumento principal es la inexistencia de obligación tributaria previa, ya que su actividad como sociedad de inversión pasiva no la califica como sujeto pasivo del tributo antes de la modificación introducida por la Ley N° 21.210.

15 de diciembre de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que fija mínimo de la subasta en la tasación fiscal del inmueble, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional la frase “La tasación será la que figure en el rol de avalúos que esté vigente para los efectos de la contribución de haberes”, contenida en el inciso primero del artículo 486 del Código de Procedimiento Civil. El precepto legal impugnado establece lo siguiente: “Artículo 486.- “La tasación será la […]

14 de diciembre de 2024
Decisión de Amparo dictada por el CPLT.

Causal de reserva de información pública no se configura con una simple invocación formal, sino que debe acreditarse una real afectación de los bienes jurídicos protegidos, resuelve la Corte de Santiago.

Resolvió que para dar por configurada una causal de secreto o reserva de las referidas en el artículo 21 de la Ley de Transparencia, no es suficiente la sola invocación o referencia a las causales en términos formales, sino que es necesario determinar si la publicidad de la información de que se trata afecta o no algunos de los bienes jurídicos previstos en el artículo 8° de la Constitución, siendo necesario que el interesado acredite ante el CPLT la real afectación del bien jurídico protegido, no siendo suficiente una mera referencia a la afectación de los derechos de la recurrente.

14 de diciembre de 2024
Recurso de protección acogido por la Corte de Santiago.

Término anticipado de la contrata del actor se deja sin efecto, al vulnerar principios de confianza legítima y debido proceso.

Resolvió que la desvinculación anticipada del recurrente vulneró su derecho a la estabilidad laboral, ya que su contrato adquirió carácter de indefinido por el principio de confianza legítima, debido a su permanencia de quince años en el cargo, lo que generó una expectativa de continuidad en su empleo. Asimismo, concluyó que la resolución que puso término a su contrata es arbitraria e ilegal al no haberse emitido dictamen por parte del fiscal instructor ni haber concluido el sumario administrativo.

13 de diciembre de 2024
Invalidación de oficio por la Corte Suprema.

Correo electrónico enviado por la parte ejecutante a la ejecutada no importa reconocimiento de deuda, al no dar cuenta de un acto que emane del deudor.

Resolvió que dicha comunicación no da cuenta de un acto que emane del deudor y por ello no importa un reconocimiento deliberado de la deuda, ya que no puede deducirse de una actuación simplemente informativa del ejecutante, que haya operado la interrupción natural de la prescripción, prevista en el artículo 2518 del Código Civil.

13 de diciembre de 2024