Alessandri

Nuevas causales de caducidad marcaria en la ley corta de propiedad industrial.

La Ley Corta de Propiedad Industrial en Chile busca reforzar la armonización de la protección de los derechos de propiedad industrial con la promoción de la competencia, favoreciendo un equilibrio de las normas que beneficie tanto a los titulares de marcas como a los consumidores. Las nuevas acciones de cancelación por falta de uso y genericidio son herramientas clave para lograr estos objetivos y propender a un sistema de propiedad industrial saludable. 

La Ley N° 21.355, conocida como la Ley Corta de Propiedad Industrial, introdujo importantes modificaciones al sistema de propiedad industrial en Chile. Uno de los cambios significativos refiere a las acciones de caducidad incorporadas por esta ley: caducidad por falta de uso y caducidad por vulgarización o genericidio. Según revisaremos, estas normas resguardan el interés de los titulares de registros marcarios y, por igual, el interés de los consumidores.

Tradicionalmente, el sistema chileno ha sido eminentemente registral, lo que significa que las marcas registradas en Chile no estaban sujetas a requisitos de uso. Esto ha cambiado significativamente con la introducción, en nuestra normativa, de la cancelación de registro de marca por falta de uso. De acuerdo con esta norma, se procederá a la declaración de caducidad de un registro de marca si, transcurridos cinco años desde la fecha de concesión del registro, la marca no ha sido objeto de un uso real y efectivo dentro del territorio nacional. Asimismo, la caducidad por falta de uso también procede si dicho uso se hubiese suspendido de forma ininterrumpida por el mismo período de tiempo.

El concepto de “marcas de papel” -aquellas marcas registradas, pero no utilizadas en la práctica comercial- cobra especial relevancia en este contexto. Al establecer la obligación de uso para mantener la vigencia de una marca, la exigencia se erige como un cimiento en un sistema de propiedad industrial sano, fomentando la competencia y dinamismo. En efecto, la norma contribuye a evitar la proliferación de monopolios sobre signos que no estén cumpliendo, efectivamente, la función de una marca comercial: distinguir, efectivamente y como consecuencia de su uso, productos y servicios en el mercado.

Por otro lado, la modificación legal introdujo la cancelación de registro de marca, también, por vulgarización o genericidio, situándose en el escenario en el cual el signo ya no remite a productos y servicios específicos, sino que se convierte en un término genérico utilizado comúnmente en el lenguaje cotidiano para señalar al producto o servicios, que buscaban distinguir.

En este contexto, la nueva norma no solo busca salvaguardar los intereses de los titulares de marcas, sino también los de los consumidores, incentivando a los titulares de marcas a mantener el carácter distintivo de una marca comercial, cuestión que garantiza que los compradores puedan asignar un origen específico a los productos o servicios. Dicho de otro modo, con esta figura se resguarda la función primordial de las marcas comerciales, a saber, operar como señales confiables para los consumidores, permitiéndoles tomar decisiones informadas basadas en la calidad o características específicas de los productos.

Ahora bien, es importante destacar que estas acciones de caducidad solo pueden ser ejercidas por terceros, careciendo INAPI de la potestad para cancelar de oficio registro de marca alguno.

La Ley Corta de Propiedad Industrial en Chilebusca reforzar laarmonización de la protección de los derechos de propiedad industrial con la promoción de la competencia, favoreciendo un equilibrio de las normas que beneficie tanto a los titulares de marcas como a los consumidores. Las nuevas acciones de cancelación por falta de uso y genericidio son herramientas clave para lograr estos objetivos y propender a un sistema de propiedad industrial saludable.

 

Valentina es asociada del área de propiedad industrial de Alessandri desde 2023. Forma parte del equipo de marcas y nombres de dominio, donde se encarga de gestionar y proteger los activos intangibles de clientes nacionales e internacionales de diversos sectores.

Valentina tiene una formación académica diversa. Es también licenciada en Letras en la Pontificia Universidad Católica de Chile, con especialización en Lingüística y Literatura. Esta combinación le ha permitido desarrollar habilidades de análisis y creatividad, que aplica en su trabajo diario.

Además de su pasión por el derecho, Valentina es escritora. Publicó su primera novela en 2019. Su obra fue finalista del Premio Municipal de Literatura y obtuvo mención en la categoría novela del Premio Roberto Bolaño.