El Tribunal Supremo de España desestimó el recurso de casación interpuesto por el ex Jefe de Gobierno de España, José María Aznar, en un juicio ordinario sobre protección del derecho al honor, en contra del autor de un artículo llamado "Los correos de Miguel Blesa ponen al descubierto que Aznar exigía contrapartidas", publicado en internet.
Cabe recordar que la sentencia dictada en primera instancia estimó parcialmente la demanda y declaró que se había producido una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante, condenando al demandado al pago de 20.000 euros por los daños morales causados, así como a la publicación a su costa en el diario “El Confidencial” del fallo, sin costas. La audiencia provincial estimó el recurso de apelación del demandado, revocó la sentencia y desestimó la demanda.
En su sentencia, el Tribunal Supremo, tras recordar el ámbito propio y diferenciado de las libertades de expresión y de información, coincide con la sentencia recurrida en este aspecto y concede preeminencia al elemento valorativo, de crítica política del artículo cuestionado, ya que, aunque contiene referencias a hechos, estos no constituyen el núcleo esencial del mensaje transmitido, ni los hechos comunicados como soporte de la opinión pueden calificarse de faltar a la veracidad.
De esta forma, TS mantuvo el juicio de ponderación llevado a cabo por el tribunal sentenciador, concediendo prevalencia, tanto en abstracto como en el caso concreto, a la libertad de expresión frente al derecho al honor, tras resumir la posición actual de la jurisprudencia, favorable a reconocer un ámbito muy amplio de crítica en relación con los personajes públicos, particularmente cargos políticos.
Vea el texto íntegro del comunicado
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