Un tribunal español ha acogido la petición formulada por la Confederación General del Trabajo de España, en solicitud de medidas cautelares por tutela del derecho fundamental a la salud e integridad física contra una empresa de servicios de ambulancia.
El Juzgado requiere a dicha empresa para que se responsabilice del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección personal de su personal, sin que en ningún caso sean los trabajadores los que deban llevarse la ropa a su domicilio para tal fin.
Además, la empresa debe fijar un sistema de recogida y devolución en el centro de trabajo, lavado y desinfección de la ropa de trabajo de la plantilla, asegurando que, si se contratase tales operaciones con una empresa homologada, garantizará que la ropa y los equipos se envíen en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas
Vea texto íntegro de la resolución del Juzgado de lo Social de Segovia, España.
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