La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado analizará la moción de los senadores Espina, Bianchi, Larraín, Quinteros y Zaldívar, que propone una reforma constitucional que establece la pérdida del cargo por infracción grave al principio de probidad, en lo que se refiere a la obligación de realizar declaración de intereses y patrimonio a senadores, diputados, ministros del Tribunal Constitucional, Fiscal Nacional y ministros de los Tribunales Superiores de Justicia.
Al efecto, exponen los autores de la iniciativa que «el ejercicio de toda función pública obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas y cada una de sus actuaciones tal como lo señala el inciso primero del artículo 8° de nuestra Constitución».
Y es que, agregan, «el Estado se encuentra al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece».
En ese sentido, lo parlamentarios hicieron presente que, a raíz justamente de la discusión en particular del proyecto que regula especialmente la obligación de autoridades y funcionarios públicos a realizar declaración de intereses y patrimonio, «se aprobó que los sujetos obligados que mantuvieran el incumplimiento de dicha declaración por un período de cuatro meses siguientes a una sanción de multa previamente establecida, esta situación se considerará una falta grave a la probidad y dará lugar a la destitución o cese de funciones del infractor».
Lo anterior, adujeron, genera “una discriminación arbitraria respecto de ciertas autoridades en relación a los demás funcionarios, específicamente, de los senadores, diputados, ministros del Tribunal Constitucional, el Fiscal Nacional y los ministros de los Tribunales Superiores de Justicia, toda vez que ellos, aun cuando incurrieran en la hipótesis de la infracción, no se les podía aplicar la misma sanción dado que debía constar expresamente dicha circunstancia en la Constitución Política de la República, lo que ameritaba necesariamente una reforma constitucional».
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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