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Violaciones a DDHH.

Corte de Santiago confirma condena contra ex agentes de la DINA por ilícitos perpetrados en Villa Grimaldi.

En los casos de los agentes Manuel Contreras Sepúlveda y Marcelo Moren Brito, se dispone que los antecedentes vuelvan al Ministro de primera instancia, Leopoldo Llanos, para que dicte su sobreseimiento por fallecimiento.

16 de septiembre de 2015

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia de primera instancia dictada en la investigación denominada: "Villa Grimaldi. Cuaderno Principal", que indagó la desaparición de 19 personas y un homicidio calificado, ilícitos perpetrados al interior del centro de detención ilegal, ubicado en la comuna de Peñalolén.

En la sentencia se ratifican las condenas efectivas para 11 integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los secuestros calificados de: Guillermo Roberto Beausire Alonso, Alan Roberto Bruce Catalán, Jaime Enrique Vásquez Sáenz, Manuel Antonio Carreño Navarro, Iván Carreño Aguilar, María Teresa Eltit Contreras, María Isabel Joui Petersen, Jacqueline Paulette Drouilly Yurich, Juan René Molina Mogollones, René Roberto Acuña Reyes, Carlos Alberto Carrasco Matus, Hugo Daniel Ríos Videla, Agustín Alamiro Martínez Meza, Juan Rodrigo Mac-Leod Treuer, María Julieta Ramírez Gallegos, Luis Jaime Palominos Rojas, Marta Silvia Adela Neira Muñoz, César Arturo Emiliano Negrete Peña, Alejandro Juan Ávalos Davidson; y por el homicidio de Humberto Juan Carlos Menenteau Aceituno.

En el aspecto civil, el fallo confirmó que el Estado de Chile debe pagar una indemnización total de $1.850.000.000 (mil ochocientos cincuenta millones de pesos) a familiares demandantes, en sumas que van desde los $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a los $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos), según se detalla en la sentencia.

Finalmente, en los casos de los agentes Manuel Contreras Sepúlveda y Marcelo Moren Brito, se dispone que los antecedentes vuelvan al Ministro de primera instancia, Leopoldo Llanos, para que dicte su sobreseimiento por fallecimiento.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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