El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, acogió a trámite un recurso de reclamación deducido por sindicatos de trabajadores independientes, pescadores artesanales, buzos mariscadores y ramas similares de Caleta Ventanas y Horcón, en contra de la Resolución Exenta N° 608, de 24 de julio de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), por la cual ésta se declaró incompetente para conocer y sancionar los hechos relacionados con el derrame de petróleo ocurrido en septiembre de 2014 en la bahía de Quintero.
Al efecto, cabe recordar que los sindicatos de trabajadores del mar presentaron una denuncia ante la SMA, luego que se produjera un derrame de petróleo en la bahía de Quintero, en circunstancias que la embarcación LR Mimosa se encontraba descargando el crudo en instalaciones de la refinería ENAP.
De otro lado, cabe tener presente que actualmente se tramita ante el Tribunal Ambiental de Santiago otra causa asociada al derrame en la bahía de Quintero en 2014 (Rol Nº R-62-2015), en la cual ENAP Refinerías S.A. reclama en contra del fiscal marítimo de Valparaíso (Véase relacionado).
Admitida a tramitación, el Tercer Tribunal Ambiental ofició al Superintendente del Medio Ambiente, a fin de que informe de conformidad al artículo 29 de la Ley N° 20.600.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° R-77-2015.
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