En instancias de Comisión Mixta, se deberán resolver las discrepancias entre la Cámara y el Senado en torno al proyecto de reajuste del ingreso mínimo mensual. Esto ocurre luego de que los diputados acordaran rechazar, por 69 votos a favor, 67 en contra y dos abstenciones, los cambios realizados al texto legal durante el segundo trámite.
El Senado, aunque ratificó gran parte del texto aprobado por la Cámara de Diputados, incluyendo los montos de reajuste para los años 2018 y 2019, eliminó una parte importante de la iniciativa promovida por el Gobierno. En concreto, el texto eliminado proponía, para los tres casos del ingreso mínimo mensual, la Asignación familiar y maternal, y el Subsidio Familiar, una variación para el año 2020 sujeta a las condiciones de la economía nacional, determinadas de acuerdo con el índice del Producto Interno Bruto vigente en ese momento y según una tabla variable.
La Cámara estará representada en la Comisión Mixta por los diputados Santana, Melero, Saavedra, Lorenzini y Jackson.
Normas sin discrepancias
Ambas Corporaciones coincidieron en torno a los reajustes del ingreso mínimo mensual para el presente año, con efecto retroactivo al 1 de agosto, que será equivalente a 286 mil pesos, y para 2019, vigente desde marzo, igual a 300 mil pesos.
Además, se ratificaron las cifras propuestas para el ingreso mínimo mensual de los trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años, así como para los efectos no remuneracionales. Para el primer grupo, los montos serán de $213.506 a contar del 1 de agosto de 2018, y de $223.957 a partir del 1 de marzo de 2019. En tanto, para efectos no remuneracionales, la cifra será de $184.488 desde el 1 de agosto de 2018 y de $193.519 desde el 1 de marzo de 2019.
Tanto la Cámara como el Senado aprobaron también los incrementos para la Asignación familiar y maternal, así como para el Subsidio Familiar. La Asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares y sus tramos de ingresos mensuales se reajustará en un 3,623%, con lo cual, a contar del 1 de agosto de 2018, sus montos serán los siguientes:
a) $11.748 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $300.101.
b) $7.209 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere $300.101 y no exceda de $438.329.
c) $2.279 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere $438.329 y no exceda de $683.646.
d) Las personas que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $683.646 no tendrán derecho a estas asignaciones.
A contar del 1 de marzo de 2019, los montos y tramos de ingreso se reajustarán en un 4,8951%, considerando como base los valores recién indicados. Cabe señalar que el Subsidio Familiar se reajustará a $11.748 a contar del 1 de agosto de 2018 y luego se reajustará en la misma fecha y proporción indicadas para la Asignación familiar.
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