Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y acogió un recurso de protección deducido por un ciudadano colombiano en contra del Departamento de Extranjería y Migración por no formalizar la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado del recurrente.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y, de la Policía de Investigaciones de Chile por no formalizar la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado del recurrente, manifestado en la negativa del ingreso al procedimiento y en el otorgamiento de una citación no contemplada en la ley.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 2.
La Corte de Apelaciones de Santiago indicó en su sentencia que, el recurrente tiene una fecha próxima para iniciar el procedimiento de determinación de reconocimiento de la condición de refugiado, por lo que se rechazó el recurso de protección.
Sin embargo, la Corte Suprema por su parte, revocó la sentencia apelada y acogió el recurso de protección ya que, al no haber proporcionado la recurrida el formulario de formalización de la petición de refugiado, imposibilitó de este modo que se dé inicio a la tramitación del procedimiento, incurrió en un acto ilegal, constitutivo de una discriminación en perjuicio del recurrente en relación con el trato dispensado a otras personas que, en situación jurídica equivalente, han visto tramitadas sus solicitudes a la administración sin entorpecimientos ni dilaciones como la de este caso.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 28860-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 41701 – 2019
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