En fallos unánimes, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisibles seis recursos de protección presentados en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera; el ministro de Salud, Jaime Mañalich, y el Jefe de la Defensa Nacional, general Carlos Ricotti Velásquez, por no establecer el confinamiento total de los habitantes de la Región Metropolitana a raíz de la epidemia de Covid-19.
Las sentencias sostienen que la presentación efectuada en estos autos excede al ámbito de aplicación y las materias que deben ser conocidas mediante el presente arbitrio constitucional conforme a la redacción del artículo 20 de la Constitución Política de la República, pues si bien la autoridad respectiva ha decretado Estado de Excepción Constitucional atendida la actual situación de emergencia sanitaria, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Ley N°18.415 y 41 y 43 de la Carta Fundamental, recae en el Presidente de la República adoptar medidas restrictivas a los derechos y garantías que en dichas normas se enuncian, decisión político-administrativa que no puede ser impuesta mediante la presente acción constitucional y que ratifica que dicha materia no puede ser conocida por esta vía.