Se solicitó a la CGR –por parte de una funcionaria del Consejo de Defensa del Estado- un pronunciamiento sobre la reconsideración del dictamen N° 81.886, de 2013, por las razones que expone, informando el Presidente de dicho organismo, que las alegaciones planteadas en esta ocasión, ya fueron analizadas en el pronunciamiento objetado.
Al efecto, adujo la peticionaria que la práctica de una serie de diligencias que describe, permitiría demostrar su inocencia, asunto acerca del cual el dictamen que se impugna, determinó que el fiscal del sumario afinado por la resolución N° 510, de 2012, de la citada entidad -al término del cual se le impuso a la interesada la medida de multa del 20% de su remuneración mensual-, no accedió a las pruebas que ésta requirió por no resultar útiles, pertinentes y plausibles.
El órgano de control precisó que, “en concordancia con lo expresado en el dictamen N° 12.894, de 2014, el castigo impuesto a un funcionario no puede modificarse después de que el acto que lo materializa es tomado razón, a menos que, previa reapertura del expediente, se pruebe inequívocamente que al emitirse, se incurrió en un defecto de legalidad o bien que existen hechos nuevos, no conocidos y cuya magnitud permite alterar lo resuelto, de modo que si la recurrente estima que hay antecedentes que cumplan con tales condiciones, debe dirigirse ante la autoridad de la que emanó el acto que afinó el respectivo sumario, pidiendo que se reabra, correspondiéndole a esta última determinar si concurren las condiciones anotadas para acceder a lo pedido”.
En atención a lo especificado, la CGR concluye, en esencia, desestimando el reclamo formulado.
Vea texto íntegro del Dictamen N° 34558.
* CGR desestimó reclamo interpuesto contra Ejército por término de relación laboral a contrata…