Se dedujo recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que, confirmando la de primera instancia, rechazó demanda en contra del SAG. La recurrente denunció infracción a lo dispuesto en los artículos 1546, 1567, 1568, 1698, 1700 y 1713 del Código Civil. La Corte Suprema consideró “que la motivación expuesta es suficiente para decidir que el error de derecho en que incurrió el fallo impugnado ha influido sustancialmente en lo resolutivo del mismo, porque de no haberse cometido dicho yerro la demanda debió ser acogida en términos de reconocer al contratante particular el derecho a recibir la contraprestación por el cumplimiento de la obligación de prestar un servicio, esto es, de percibir el precio estipulado a que se obligó el Servicio Agrícola y Ganadero conforme a los términos expresamente previstos en el contrato. Atendido lo antes indicado, se hace innecesario referirse al resto de las infracciones legales denunciadas”.
Ver texto íntegro de la sentencia.
RELACIONADOS