Prueba de testigos para fundar la solicitud de revisión de una sentencia condenatoria es improcedente, resuelve la Corte Suprema.
El imputado fue condenado por manejar en estado de ebriedad, y solicitó la revisión de la condena argumentando la aparición de dos nuevos testigos del hecho que acreditarían su presunta inocencia, lo que contraviene el artículo 476 del Código Adjetivo que prohíbe la prueba testimonial para fundar la solicitud de revisión.