Corte Suprema rechaza acción de protección de egresado de Odontología, en contra de la Universidad de Antofagasta, por negarse a tramitar su título.
Lo controvertido se debe analizar a través de un procedimiento de lato conocimiento.
Lo controvertido se debe analizar a través de un procedimiento de lato conocimiento.
Los hechos denunciados afectan el derecho de igualdad de la recurrente, pues, al no contener una explicación suficiente, la decisión deviene en una discriminación arbitraria.
Parte de las normas sobre las cuales emite pronunciamiento fueron declaradas conforme a la Constitución. Iniciativa está lista para ser promulgada y publicada.
El solicitante acreditó que la venta se realizará para mejorar las condiciones de vida de su madre, de quien es curador definitivo.
El requirente estima que no existe justificación racional para negarle la posibilidad de apelar, vulnerando su garantía al debido proceso.
La resolución promueve dar continuidad a los tratamientos de quienes ya tienen algún diagnóstico realizado; detectar y apoyar a quienes están adquiriendo alguna afección de salud mental; y asistencia permanente a las unidades con mayor sobrecarga laboral, entre otros planteamientos.
La resolución ratificada por la Sala pide que los municipios que se beneficien del aporte del Fondo Solidario Municipal rindan esos recursos a la Contraloría General de la República.
Aquellos que padecen colitis ulcerosa y mal de Crohn han denominado a esta norma como “ley No Puedo Esperar” haciendo referencia a la urgencia de utilizar el baño.
El requirente estima que la ausencia de parámetros objetivos para que el juez rebaje el precio mínimo de la subasta y la falta de oportunidad procesal para oponerse transgrediría sus garantías constitucionales.
Aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de garantías fundamentales consagradas en la Constitución.