Normas relativas a la suspensión del procedimiento, a la contestación de la demanda en el juicio sumario, a la prueba testimonial, absolución de posiciones, declaración de parte y de peritos, se modifican.
La Ley Nº 21.394 establece, por el lapso de un año contado desde la publicación de la ley, normas especiales relativas a la suspensión del procedimiento, a la contestación de la demanda en el juicio sumario, a la prueba testimonial, absolución de posiciones, declaración de parte o de peritos.