Petición de gastos para el cuidado de mascotas familiares en juicios de divorcio debe hacerse en la contestación de la demanda y no en la vista de la causa, resuelve Tribunal Supremo de España.
Al introducir por primera vez en la vista su petición de que el marido contribuyera a los gastos de los animales, la esposa intentó alterar sorpresivamente el objeto de enjuiciamiento, limitado al divorcio y al reconocimiento o no de una pensión compensatoria, por lo que el juez no puede dar respuesta a una cuestión sobre la que la otra parte no ha podido defenderse mediante la formulación oportuna de alegaciones contradictorias.