Uso del “emoticon” de pulgar hacia arriba vía WhatsApp para aceptar una propuesta de indemnización, es una manifestación inequívoca del consentimiento resuelve un tribunal español.
Conforme la buena fe exigible con arreglo a la normativa aplicable, si el demandado entendía que los servicios no eran correctos, o que podía obtener más, o conseguir más con otro letrado, dicha buena fe exigible llevaba a que se negara a recibir la oferta, o pidiera tiempo para decidir si la aceptaba o no, a pedir una segunda opinión profesional, nada de lo cual hace, sino que acepta la oferta y acude a firmar.