CGR determinó que DGA deberá considerar situación de Juntas de Vigilancia del Río Aconcagua, quienes suscribieron un Acuerdo de Redistribución de las Aguas Superficiales de dicho cauce.
El órgano contralor adujo que corresponde que ese organismo público dilucide la eventual afectación de la totalidad de los usuarios de la respectiva corriente -incluidos los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas-, y adopte las medidas que sean atingentes.