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Gestión presupuestal.

CC de Colombia determinó que, por COVID-19, entidades territoriales no pueden modificar leyes, ordenanzas ni acuerdos para crear o modificar rentas, sin autorización de sus respectivas asambleas y concejos.

La Magistratura constitucional colombiana adujo que las estrategias de recaudo tributario de que trataban dichas disposiciones pertenecían al fuero de autonomía de las respectivas entidades territoriales, por lo que ambos artículos reprobarían los juicios de necesidad y de no contradicción con la Constitución.

23 de octubre de 2020
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