Corte de Santiago acoge protección por pago de bono de desempeño a funcionarias de Fonasa.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de Fonasa al excluir del pago a las recurrentes.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de Fonasa al excluir del pago a las recurrentes.
El Tribunal de alzada descartó error en la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que estableció la responsabilidad de la empresa por falta de condiciones de seguridad en dependencias de la viña, ubicadas en el sector Los Montes, Talca.
En la resolución el Tribunal de alzada dio 24 horas al general recurrido para que evacue un informe en el que acompañe «todos los antecedentes necesarios para la adecuada resolución de la presente acción».
El Tribunal de alzada se declaró incompetente para resolver el recurso ingresado el 24 de octubre, por encontrarse fuera de su territorio jurisdiccional.
El máximo Tribunal consideró que hay eventual afectación a las comunidades indígenas, de acuerdo a los preceptos del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El máximo Tribunal rechazó la acción judicial al constatar que no se acompañaron sentencias de contraste que permitan analizar la solicitud de unificación de jurisprudencia.
Para el caso que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Para el caso que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La reclamante fundó su recurso de nulidad en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo.
El órgano contralor concluyó que no se aprecia que el hecho, constituya un vicio legalidad de la resolución impugnada, teniendo en cuenta las atribuciones generales de esa entidad.