Supermercado es condenado a pagar indemnización a ex Vicepresidenta de la Cámara de Diputados de la Asamblea de Madrid por no haber destruido una grabación en la que aparecía robando.
Es reiterada la doctrina de esta sala que afirma que el hecho de que la valoración del daño moral no pueda obtenerse de una prueba objetiva no excusa ni imposibilita legalmente a los tribunales para fijar su cuantificación, atendiendo a las circunstancias del caso y utilizando criterios de prudente arbitrio.