Corte de Santiago ordena a banco a emitir respuesta sobre fraude a clienta.
La Séptima Sala del tribunal de alzada consideró que hubo actuar arbitrario al negar la revisión del fraude.
La Séptima Sala del tribunal de alzada consideró que hubo actuar arbitrario al negar la revisión del fraude.
La jueza consideró que el establecimiento fue responsable por el daño moral por inacción provocado a la alumna al no evitar el acoso escolar de compañeras de curso.
En la misma sesión, las y los diputados votaron parte del articulado del proyecto que modifica la normativa para la determinación de la calidad de refugiado.
No resulta plausible sostener que un agente estatal pueda alegar el desconocimiento de la antijuridicidad de la conducta constitutiva de un apremio ilegítimo, u otro trato cruel, inhumano o degradante, y tal conclusión no cambia por el hecho de que al tipo penal se introduzcan elementos normativos o se efectúe una remisión a reglamentos a efectos de delimitar el ámbito de lo punible.
La exigencia esperable de un profesional especialista en la venta de bebidas de consumo humano es la del cumplimiento de la contraprestación principal a la que se encontraba obligado, ello es, la oferta de bebidas que resulten aptas para el consumo y que no contengan en su interior –claro está- objetos extraños. De allí que la conducta de la demandada observada justifica la imposición de la aludida sanción ejemplificadora.
Las reglas anti-dirección implementadas por Paypal reprimen la competencia e impiden a los comerciantes abaratar las compras de productos con opciones de pago de menor costo, afectando así a plataformas de comercio electrónico como Shopify, entre otras.
Aunque con un ánimo educativo el banco invite a sus clientes a usar los canales digitales para que realicen operaciones bancarias, de forma rápida y sencilla, ello no puede implicar una restricción en el servicio a los clientes.
No nos hallamos ante un envío masivo de requerimientos, entre ellos a la demandante, en el que no consta la recepción, sino que también contamos con el hecho de que los efectuados a ella no constan devueltos, no existen circunstancias puestas de manifiesto por la actora sobre cambio de domicilio o que se hubiesen remitido las comunicaciones a una dirección incorrecta, ni tampoco se da un cambio de número telefónico.
Si bien la crianza de animales y la plantación de alimentos son indicadores de que en el lugar habitan personas y que éstos vienen posesionando dichas áreas, lo verificado mediante la inspección judicial no permite colegir que las áreas descritas se encuentren en total posesión de la asociación demandante, ello teniendo en cuenta que gran parte del área está constituida por cerros, y que las cabañas no acreditan la posesión de más de diez años al tener características provisionales.
A consecuencia de agresión “Víctor Varela resultó con herida penetrante cervical, debiendo ser trasladado al Hospital Barros Luco lugar, donde falleció el 24 de abril de 2020, producto de la agresión señalada”.