Demanda contra tabacalera por los daños producidos por el cigarro en la salud del actor es rechazada porque conocía los riesgos y actuó conforme a su autonomía de la voluntad.
Si bien el Estado se encuentra habilitado para exigir que se ponga en conocimiento del agente el potencial nocivo del hábito de fumar, propender a la prevención de los perjuicios a la salud e, incluso, prohibir su uso en determinados ámbitos, no puede inmiscuirse en la autonomía del agente a quien corresponde libremente y sin intromisión en definitiva determinar su comportamiento en la medida que no perjudique a terceros.