Registro Civil actúa arbitrariamente al no reconocer la calidad de hija de la causante y excluirla de la posesión de efectiva de los bienes de su madre.
Junto con desconocer la filiación de la recurrente, así como su parentesco con la causante, desestima los derechos que la normativa vigente otorga a la solicitante, lo que se traduce en discriminación.