Por Sofia Constanza Michelle Jarufe Ojeda, Universidad de Chile
El 18 de marzo del año en curso un grupo de parlamentarios liderados por diputada María Luisa Cordero presentaron una moción, Boletín N° 16666-07, que “Modifica el Código Penal para tipificar el delito de antropofagia y agravar las penas en los casos que indica” el cual se encuentra en el Primer Trámite Constitucional ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento frente a una supuesta denuncia de actos de canibalismo cometidos en Santiago durante el mes de noviembre de 2023.
El antecedente de esta iniciativa consistiría en la denuncia de un abogado por intermedio de su cuenta personal en la red social “X”. En dicha publicación señaló haber asumido la defensa de una mujer cuya madre y la pareja de ésta, habrían sido asesinados, crudamente descuartizados y posteriormente comidos por quienes serían los presuntos victimarios.
Los hechos habrían acontecido en noviembre del año 2023, dando origen a una investigación penal en curso dirigida por el Ministerio Público donde existen tres imputados formalizados; dos en prisión preventiva y uno –menor de edad- en internación provisoria.
Como respuesta a la gravedad de los hechos denunciados, las diputadas María Luisa Cordero, Marcia Raphael, Sara Concha, Carla Morales, Camila Flores, y Chiara Barchiesi; y los diputados Johannes Kaiser, Eduardo Durán, Hugo Rey, y Marco Antonio Sulantay ingresaron un llamativo proyecto de ley ante la Cámara de Diputados que pretende incorporar como hecho punible la conducta de ingerir restos humanos y agravar las penas en los casos que se configuren actos de antropofagia que afecten gravemente a la salud pública.
Se pretende incorporar dos artículos en la ley penal: (a) un nuevo artículo 318 quáter del siguiente tenor: “Quien practicare o indujere la práctica de la antropofagia será sancionado con la pena de presidio o reclusión mayor en su grado medio. Si, como consecuencia de esta práctica, se produjere una grave afectación a la salud pública la pena podrá aumentarse en un grado.”; (b) un nuevo artículo 409 bis en el Párrafo V del Título VIII del Libro Segundo, del siguiente tenor: “Si con ocasión de los delitos contemplados en los artículos 141 inciso final, 142 inciso final, 150 B numeral primero, 372 bis, en los párrafos 1, 1 bis, 1 ter, II y III de este título, 433 numeral primero y 474 de este Código, o de delitos contemplados en leyes especiales que conllevaren la muerte de la víctima, se practicare o se indujese a practicar la antropofagia con sus restos, se aplicará el máximo o el grado máximo de la pena prevista para el delito de que se trate.”
El proyecto de ley entiende por antropofagia como la conducta de ingerir restos humanos y que debe ser visualizada como un acto de realización cultural o social principalmente en organizaciones sociales que presentan estados civilizatorios más primitivos.
La antropofagia. Casos judiciales.
La RAE define la antropofagia como el hecho o práctica de comer el ser humano carne de su propia especie y muchas veces entienden que es un sinónimo de canibalismo. No obstante, existen diferencias conceptuales entre “antropofagia” y “canibalismo” a un nivel biológico. El ser antropófago es cualquier animal que ingiere carne humana (como algunos tigres o leones) y caníbal es aquel animal que come carne de su propia especie (como por ejemplo la mantis religiosa en el ritual de apareamiento)
Es importante comprender que este proyecto de ley, más allá de proponer la tipificación de nuevos hechos punibles y agravar las penas en caso de que se incurran en conductas de antropofagia se encuentra enmarcado dentro de un contexto cultural cambiante en nuestro país y que inevitablemente se ha visto impregnado por los efectos de una inmigración descontrolada. La realidad Latinoamericana se ha visto expuesta una vez más a una oleada de violencia proveniente de los carteles de drogas y del crimen organizado rememorando otrora los años ochenta donde se vivieron los mayores enfrentamientos entre estos grupos terroristas y los Estados de México y Colombia, por ejemplo.
Dentro de los efectos aludidos por el proyecto de ley tiene que ver con la “supuesta habitualidad” de cometer canibalismo en el contexto del crimen organizado en México. El proyecto señala que muchos carteles de drogas incurren en este tipo de comportamientos con el fin de masificar el terror entre la población y expresar dinámicas de lealtad entre los integrantes de una misma agrupación criminal.
Lo anterior no deja de llamar de atención pues si nos embarcamos en el pasado podemos encontrar el caso paradigmático de “Los Narcosatánicos” que aterrorizó a México a finales de los años ochenta.
El 11 de abril de 1989 en el rancho de Santa Elena ubicado en el Estado de Tamaulipas las autoridades policiales encontraron bajo tierra “El altar de los dioses”, una fosa que ocultaba 13 cuerpos cercenados y con señales claras de tratarse de una verdadera “carnicería humana” donde las víctimas sufrían amputaciones de sus miembros y la extracción de los órganos. De acuerdo a los relatos policiales en la escena del crimen fue encontrado un caldero enorme de metal donde yacían restos humanos en estado de putrefacción. En ese recipiente las partes humanas y de otros animales eran hervidas para la obtención de un brebaje que posteriormente era ingerido por los integrantes de la banda criminal con el propósito de conseguir poderes mágicos e inmunidad ante los peligros de la fuerza del orden.
La policía mexicana identificó como responsables de tales atrocidades a Adolfo Constanzo quien era un brujo cubanoamericano vinculado al Cartel del Golfo que había aprendido de su madre el culto del Palo Mayombe y a su cómplice Sara Aldrete apodada “La Sacerdotisa”. Constanzo murió unos meses más tarde en Ciudad de México en el transcurso de una balacera con la policía y Aldrete fue sentenciada a 647 años y cinco meses de prisión acusada de inhumación, exhumación y profanación de cadáveres y por el homicidio de 13 personas.
Precisamente a raíz de la historia de los “Narcosatánicos” el antropólogo chileno radicado en México Claudio Lomnitz, reflexiona sobre el canibalismo planteándolo como un instrumento terrorista y de competición entre carteles”. Aduce que el auge de estas prácticas en México (y que – fácilmente podrían “importarse a nuestro país”) funcionan como una manera de sellar lealtades entre los grupos criminales. El antropólogo en su ciclo de conferencias en el prestigioso Colegio Nacional de la Ciudad de México plantea que la ingestión de carne humana como fenómeno antropológico se encuentra presente en mencionado país y está vinculado al narco.
De acuerdo a Lomnitz la práctica es una “forma de sellar un pacto de lealtad dentro de las bandas del crimen organizado y de atemorizar a los enemigos. El canibalismo se ha convertido en un instrumento terrorista y de competición entre los carteles de drogas”.
Lommitz razona que los “Narcosatánicos” marcaron un antes y un después en la historia de México. Asimismo, el antropólogo distingue entre distintos casos como por ejemplo los sociópatas que actúan por su cuenta o el de los marinos a la deriva que se ven obligados a comer restos humanos. Por el contrario, en los “Narcosatánicos” no había desesperación ni era una acción puramente individualista. Para Lommitz este “nuevo canibalismo” como lo denomina “busca sellar la complicidad y el silencio dentro de una red del crimen organizado. El dinero y la amenaza no son suficientes para lograrlo por lo que se necesita de un elemento psicológico o cultural para estampar un pacto de lealtad de tal magnitud.”
El auge de la secta de los “Narcosatánicos” se da un en contexto peculiar cuando los carteles mexicanos y colombianos se aliaron para traficar cocaína hacia Estados Unidos. Luego de más de 20 años de inicio de la guerra contra el narco, el estado de México se ha visto nuevamente desbordado por el crimen organizado. A juicio de Lomnitz la incapacidad del Estado de regular las actividades ilícitas y la poca capacidad de utilizar la violencia para hacer frente a este tipo de situaciones permite el resurgimiento a esta clase de organizaciones.
Los Narcosatánicos son los precursores, según este análisis, de una práctica que se ha extendido hasta la actualidad. Por ejemplo, en agosto de 2020, el Cartel Jalisco Nueva Generación (CJNG) difundió un video en el que un sicario con capucha se comió el corazón de un miembro de un cartel enemigo. El aludido cartel es considerado el grupo criminal más poderoso del momento, y acostumbra hacer demostraciones públicas de fuerza, como desfiles con armamento de alto calibre, para intimidar a las autoridades o a sus adversarios.
Lomnitz ve en el video del CJNG una señal de que la práctica caníbal del narco ha evolucionado desde sus orígenes en los ochenta. “Mientras que los rituales de los Narcosatánicos eran altamente secretos, la evolución ha sido hacia el uso del canibalismo como instrumento terrorista. El video del CJNG es un acto público de intimidación de un grupo hacia otro. Son piezas que se empiezan a adoptar de manera competitiva entre carteles”, señala.
Sin embargo, cree Lomnitz que el canibalismo va más allá de su utilidad terrorista y se adentra en lo metafísico. Detrás, hay también una “comulgación” en torno a una moral paralela, separada de la sociedad y del Estado, dice Lomnitz. “En estos lugares en donde están obligando a miembros a transgredir un aspecto muy básico de ciertas ideas de civismo para entrar, el sentido es que se está marcando un corte con la moralidad de la sociedad y del Estado”, afirma.
Finaliza Lommnitz planteando que el sacrificio humano era, un elemento importante del México prehispánico hasta que la misión “civilizadora” de los conquistadores cristianos lo desmontó. Con todo, descartó que este tipo de canibalismo tenga nada que ver con una vuelta a las raíces aztecas, sino con el auge del crimen organizado y la retirada del Estado.
En definitiva, la respuesta de algunos legisladores frente a la presunta denuncia de canibalismo salida a la luz en marzo del año en curso, evidencia un justificado temor de que este tipo de rituales vayan ganando mayor cancha en el territorio nacional. Dicho temor se comprende desde la óptica de la moralidad pues lo vivido por México durante el período de los “Narcosatánicos” es una muestra de que los miembros de los carteles de drogas o mafias organizadas son capaces de recurrir a prácticas inmorales para desafiar el aparataje estatal y también a la propia civilidad humana.
Esto es un problema extrajurídico que no sólo depende del ius puniendi estatal como mero calificador de conductas y aplicador de penas. Esto es una discusión moral que requiere un mayor análisis no sólo desde la perspectiva del derecho estricto, sino que requiere una visualización conjunta de las ciencias sociales como la antropología y la historiografía que circunda nuestro continente Latinoamericano.