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La Segunda Sala del máximo tribunal estableció yerro en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en la parte que absolvió a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Eliseo Antonio Cornejo Escobedo y Jorge Ismael Gamboa Álvarez, condenándolos, en cambio, en calidad de autores de los delitos al haber tenido dominio sobre los hechos.
16 de diciembre de 2023